¿Marcha atrás en la protección del litoral?
Posted by: joselg, in Riesgos costeros y tsunamisPlaya de Nules (Castellón) con viviendas ocupando el dominio público. Foto: Ángel Sánchez.
El pasado 5 de diciembre el Consejo de Ministros aprobó la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley General de Navegación Marítima que, entre otros fines, actualiza el régimen jurídico de este sector y presta especial atención a la protección medioambiental. Sin embargo, en la disposición final cuarta del proyecto se añade una modificación a la Ley de Costas que suaviza sus condiciones de aplicación. Concretamente, se establece que las concesiones otorgadas a las viviendas construidas legalmente sobre el dominio público antes de 1988 serán transmisibles, previa autorización de la Demarcación o Servicio de Costas, por “actos inter vivos”, subrogándose el nuevo titular en los derechos y obligaciones derivados de la concesión. Es decir, que las concesiones no solo se podrán heredar, sino que se podrán vender y comprar. Hasta ahora el Estado otorgaba una concesión de 30 años, ampliable a 60, a los propietarios de viviendas construidas en dominio público pero no podrían venderlas. La modificación introducida, de ser aprobada por el Parlamento, podría dificultar la recuperación del dominio público, ya que al autorizarse las transmisiones es de esperar que se produzcan revalorizaciones que hagan más difícil la adquisición del suelo por el Estado para asegurar su protección.
La decisión del gobierno puede deberse al profundo malestar entre gran número de ciudadanos que se han encontrado con la imposibilidad de vender las casas que quedaban en poder del Estado, en base al proceso de deslinde del dominio público marítimo terrestre, promovido en aplicación de la Ley de Costas. La protestas se han extendido a propietarios extranjeros, creándose una potente plataforma (Plataforma Nacional de Afectados por la Ley de Costas) para defender a los perjudicados.
Sin embargo, la protección del dominio público marítimo terrestre es una necesidad de primer orden, no solo por razones conservacionistas. sino por los daños que se pueden producir a causa de las inundaciones costeras provocadas por tormentas en alta mar, acompañadas de vientos que empujan las mareas hasta puntos en tierra muy elevados, como ocurrió en la Costa Brava a finales de diciembre del pasado año. Las causas profundas de las inundaciones costeras (precipitaciones y nivel del mar) son debidas a fenómenos naturales esencialmente incontrolables, pero los daños también dependen en gran medida de acciones antrópicas como el talado de bosques en la cuencas hidrográficas superiores, el estrechamiento de los cauces de los ríos y la supresión de las zonas de inundación naturales, drenajes inadecuados y, sobre todo, la construcción masiva de edificios en el litoral.
Efectos del temporal marítimo de 28 de diciembre de 2008 en Tossa de Mar (Costa Brava)


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